viernes, 31 de agosto de 2007

RESUMEN DEL RECHAZO AL PROYECTO DE LEY

RESUMEN DE NUESTRA POSICIÓN PARA EL PROYECTO DE LEY QUE

“ESTABLECE MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN”

( Proyecto de No Discriminación)

Comisión de Pastores para el Estudio del Proyecto de Ley de No Discriminación

OBSERVACIONES GENERALES

(Ver detalle en cada item de análisis en este mismo blog)

  • Nuestra función y misión como iglesias cristianas y evangélicas son predicar la Palabra de Dios, siendo nuestra guía y autoridad absoluta, como también acoger a todas y cada de las personas, a cada una de ellas. No rechazamos o discriminamos a las personas como tales. Afirmamos nuestro deber bíblico es amar al pecador y atacar al pecado que lo encadena y destruye. Nuestro amor por Dios y nuestro prójimo nos obliga confrontar al pecador con la gravedad de su pecado y presentarle la esperanza de una vida nueva y abundante en Jesucristo.


Ya que la Biblia es nuestra guía y autoridad absoluta, nos sometemos a ella en cada tema, incluido el de la sexualidad humana. La Biblia tiene una posición positiva de la misma para el hombre dentro del matrimonio, y está basada en una práctica heterosexual y monógama. No obstante, la Biblia condena las perversiones sexuales, siendo definidas como cualquier desviación de las normas Bíblicas.

· Nuestra libertad de creencias y de práctica de la religión, está garantizada por la Constitución y por la Ley de Culto. El Proyecto de No Discriminación entrará en conflicto con esta garantía constitucional y con la ley particular. Nuestra función y misión se encuentran amenazadas por el Proyecto de No Discriminación.

· La Constitución, en su Artículo 1o, afirma lo siguiente en cuanto a “los grupos intermedios”: “El Estado reconoce y ampara a los grupos intermedios a través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la adecuada autonomía para cumplir sus propios fines específicos”. Entre estos “grupos intermedios” se encuentran iglesias evangélicas, cuyos estatutos, basados en los principios de la Palabra de Dios, han sido aprobados por el Ministerio de Justicia. El PLEMD ataca nuestra nuestras bases y nuestra razón de existir, las cuales, además de ser fundamentadas en la ley divina, han sido reconocidas por las instituciones que representan a la ley civil. Las organizaciones evangélicas en realidad son los que han de sufrir discriminación si el Proyecto de No Discriminación se transforma en ley.

· La definición de “discriminación” hecha por el Proyecto de No Discriminación es tan amplia y vaga que prácticamente cualquier situación podría interpretarse como “discriminatoria”. Notemos el Artículo 3°: “Para efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia arbitraria, por acción o por omisión, basada en la raza, color, origen étnico, edad, sexo, género, religión, creencia, opinión política o de otra índole, nacimiento, origen nacional, cultural o socioeconómico, idioma o lengua, estado civil, orientación sexual, enfermedad, discapacidad, estructura genética o cualquiera otra condición social o individual”.

· El Proyecto de No Discriminación incorpora un párrafo 1 bis nuevo, al Título III del Libro II del Código Penal y el siguiente artículo:

1 bis. De los delitos contra la igualdad de las personas, en dignidad y derechos.

Artículo 137 bis. El que por cualquier medio, realizare manifestaciones o expresiones destinadas a promover el odio o la violencia, respecto de un grupo o colectividad en razón de su etnia, de su raza, sexo, género, orientación sexual, religión, ideología o nacionalidad, será penado con presidio menor en sus grados mínimo a medio.

Predicar contra la “orientación sexual” de los homosexuales, rehusarles membresía en nuestras iglesias mientras no se arrepientan y se alejen de su pecado o no permitirles enseñar a nuestros niños en la escuela dominical podrá ser catalogado como “expresiones destinadas a promover el odio o la violencia”. Como ejemplo, en Suecia, el pastor Ake Green fue condenado a prisión en el año 2005 por predicar lo que la Biblia enseña sobre la perversión de la homosexualidad. Su compromiso con la Biblia le significó una condena por “instigación al odio” e “incitación a la violencia”. Este lenguaje es casi idéntico al usado en el Proyecto de No Discriminación. El activismo homosexual es un movimiento internacional poderoso, muy bien coordinado y con muchos recursos económicos. Busca imponer su agenda discriminatoria a nivel mundial y silenciar a sus opositores.

· Con el Proyecto de No Discriminación, el Estado se arroga el derecho que niega a los demás: El de discriminar. Notemos el Artículo 2o:

Corresponde al Estado elaborar las políticas y arbitrar las acciones que sean necesarias para garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, el pleno, efectivo e igualitario goce y ejercicio de sus derechos y libertades.

El Estado podrá establecer distinciones o preferencias destinadas a promover y fortalecer el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos de las personas o grupos de personas.

El Estado, entonces, puede dar preferencias a ciertos grupos (como los homosexuales) si piensa que es necesario.

· El Proyecto de No Discriminación apoya y legítima conductas y estilos de vida que van en contra de la naturaleza y dañan la salud. La homosexualidad es una aberración y perversión de la sexualidad humana. Además, innumerables estudios han demostrado el alto riesgo de cáncer anal, SIDA y decenas de enfermedades de transmisión sexual que existe para los homosexuales.

· La Corte Suprema, en dos oficios distintos, opinó que el Proyecto de No Discriminación es innecesario, ya que los derechos de los ciudadanos están suficientemente resguardados por la Constitución y otros cuerpos legales. Estudiando la Constitución y otros cuerpos legales que garantizan la igualdad ante la ley de todas las personas, se concluye que el Proyecto de No Discriminación es un “traje hecho a la medida” para dar una posición de preferencia y favoritismo al movimiento homosexual.

· El resumen del Proyecto de No Discriminación (http://alegislativo.bcn.cl/alegislativo/site/ pry/fset1_3815-07.html) informa:

“Este proyecto tiene por finalidad, resguardar en el ordenamiento jurídico la no discriminación arbitraria, de forma tal de garantizar en mejor forma la igualdad ante la ley y el reconocimiento de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Para ello, el proyecto, en primer lugar, establece el deber del Estado de elaborar políticas y arbitrar acciones que sean necesarias para garantizar que las personas no sean discriminadas en el goce y ejercicio de sus derechos fundamentales. En segundo lugar, el proyecto se encarga de establecer un concepto de discriminación arbitraria. El tercer aspecto del proyecto, es el establecimiento de una acción para reclamar ante los tribunales de Justicia por las discriminaciones arbitrarias. Por último, se modifica el artículo 12 del Código Penal, con la finalidad de establecer una nueva agravante, esta es, la comisión del acto delictivo motivado por la discriminación”. (ÉNFASIS AÑADIDO)

Es necesario destacar que la desviación sexual (fornicación, adulterio, pedofilia, homosexualidad, etc.), no es un derecho “esencial” ni “fundamental”. El Proyecto de No Discriminación nivela la sociedad hacia abajo, fomentando lo más repudiable de la naturaleza humana en lugar de promover a valores nobles y dignos de imitar.

NUESTRA POSICIÓN

Manifestamos enérgicamente nuestro rechazo al Proyecto de No Discriminación. Creemos que no tiene justificación en su conjunto, dado que existen instancias legales que garantizan la igualdad ante la ley de las personas y las instituciones.

Apelamos a los parlamentarios en su calidad de representantes de nuestra comunidad, de considerar nuestra postura ante la Comisión de Constitución Legislación y Justicia que tuvo a cargo el estudio de este proyecto en el Senado de la República, como asimismo a los integrantes del Senado.

La posición nuestra es el reflejo y la preocupación de un amplio sector de iglesias evangélicas de esta Comuna, en general del pueblo evangélico de Chile y de muchos chilenos que quieren lo mejor para nuestro país. Queremos que Chile sea una Nación inspirada en los principios inherentes a la persona humana e inspirada en valores cristianos que han sido las bases de nuestra institucionalidad.


COMISIÓN DE PASTORES

LA FLORIDA


Pastor Manuel Soto Obispo Miguel Vejar Pastor Adelsidio Retamal

Pastor Phillip Rogers Hno. Eduardo Torres


Nota: Como Comisión, tenemos depositado adhesiones a esta postura con más de mil firmas de pastores y miembros de iglesias que hasta el momento han adherido a esta posición. Además entregamos esta declaración a cada Senador de la República, en la oficina de partes de la Corporación del Senado, durante la última semana de Agosto del presente, previo a una eventual votación del proyecto, en ese mes; lo que no ocurrió. Tuvimos dos reuniones ampliadas con los pastores de la Comuna de La Florida, en que se informó de la situación de este proyecto,

Enviamos además una carta a cada miembro de la Comisión del Senado con copia de este resumen, como también al Presidente del Senado. Recibimos una nota de este último, diciéndonos que había remitido nuestra carta a la Comisión.

miércoles, 29 de agosto de 2007

Supuesta Votación 29 de Agosto y Campaña a favor

Una organización evangélica llamada Sepade junto con CCI, promovieron una reunión para promover y votar a favor de la ley, con la motivación que esta se haría el 29 de Agosto del 2007 en el Senado, lo que no sucedió. Aún se emitieron algunos spots publicitarios para radios con la misma intención.

Chequeamos con el secretario de la Comisión de Derechos Humanos donde está radicado el proyecto en el Senado y se nos informó que esta votación nunca ha estado en tabla para esta u otra fecha cercana, por lo cual lo anterior es falso. Efectivamente no se hizo la votación.

Ellos dicen que "La mayor parte del liderazgo evangélico considera que si se aprueba el proyecto, los diversos grupos discriminados en la sociedad chilena, entre los que se cuenta el propio pueblo evangélico, contarán con una herramienta eficaz para prevenir o corregir las frecuentes acciones discriminatorias de que son objeto en nuestro país. Por lo tanto, manifiestan su apoyo a esta iniciativa legal"

Esta conclusión es muy superficial, sin ir al fondo moral del asunto. Detrás de esta iniciativa estuvieron los movimientos del Movilch (homosexuales) para proteger sus perversiones y no para defender la no discriminación del "pueblo evangélico". Esta misma frase va a ser objeto de denuncia como discriminatoria contra un pastor o iglesia que la exprese, en el momento de aprobarse la ley. Es lo que se ha hecho en otros paises. La sociedad chilena vive una tragedia en el seno de las familias porque las legislación ha ido relajándose hacia la inmoralidad, y este tipo de proyecto ahonda en esa dirección. Efectivamente los mismos términos de este proyecto se han implementado en otros países, y pastores han sido encarcelados; ya no podemos celebrar navidad, sino debemos cambiar el lenguaje a "felices fiestas", si a un gay le molesta tu predicación contra el pecado de sodomía, serás expuesto aún en la misma congregación a una denuncia de "discriminación".

La persecución religiosa no es una hipótesis sin fundamento. Este mismo enfoque se ha estado aplicando en todos los países de Occidente en donde han sido aprobados proyectos de ley similares. Como muestra, en estos días, y sin siquiera estar aprobado el referido Proyecto, un Vicario de la Diócesis de San Bernardo está siendo procesado por no haber consentido que una mujer lesbiana ejerciera como profesora de religión para niños menores de edad.

Entonces es un engaño pensar que algo bueno puede venir de la aprobación de este proyecto.

Las leyes, sobre todo la ley de culto y la Constitución Política de Chile garantizan la libertad religiosa y de creencias y la misma Corte Suprema dictaminó que las igualdad ante la ley esta garantizada por el cuerpo jurídico vigente, por lo cual no se requiere esta ley.


Manuel Soto
Presidente Comisión de Pastores
Proyecto de Ley de No discriminación